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NACIONALES

20 de marzo de 2024

Gobierno habilita importación de productos para combatir inflación

Con la apertura de importaciones para productos de la canasta básica, el Gobierno busca frenar la inflación. Sin embargo, críticas y dudas surgen sobre su impacto inmediato en los precios.

El Gobierno anunció una serie de medidas para combatir la inflación, entre ellas, la facilitación de la importación de productos de la canasta básica. Esta estrategia, que incluye la reducción de plazos de pago y la suspensión temporal de impuestos, tiene como objetivo contener los aumentos de alimentos impulsados por la inflación. Sin embargo, la decisión ha generado controversias, con la Unión Industrial Argentina criticando el supuesto trato desigual para la producción local.

Analistas económicos han expresado escepticismo sobre la efectividad inmediata de estas medidas para reducir los precios. Se señala que los procesos de importación llevan tiempo, lo que podría retrasar la aparición de oferta y, por ende, la contención de precios. Además, se detalla una extensa lista de productos que se verán afectados por esta medida, desde alimentos hasta productos de higiene personal y limpieza.

Los productos habilitados comprenden:

  • Carne y despojos comestibles de las especies bovina, porcina, ovina y de aves que sea fresca, refrigerada, congelada, salada o en salmuera, seca o ahumada.
  • Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos frescos, refrigerados, congelados, salados o en salmuera, secos o ahumados.
  • Leche y productos lácteos.
  • Huevos de ave.
  • Miel natural.
  • Hortalizas, plantas, raíces y tubérculos alimenticios; frescos, refrigerados, congelados, secos o conservados de otro modo.
  • Frutas y frutos comestibles; frescos, congelados, secos o conservados de otro modo.
  • Café, té y yerba mate.
  • Especias.
  • Cereales, excepto para siembra.
  • Harina, malta, almidón y fécula.
  • Semillas y productos oleaginosos, excepto para la siembra; semillas y frutos diversos, excepto para la siembra; algarrobas, algas, remolacha azucarera y caña de azúcar; paja y forraje.
  • Gomas, resinas y demás jugos y extractos vegetales.
  • Grasas y aceites animales, vegetales o de origen microbiano; grasas alimenticias elaboradas; ceras de origen animal o vegetal.
  • Preparaciones alimenticias de carne, pescado, crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos o de insectos.
  • Azúcares y artículos de confitería.
  • Cacao y sus preparaciones.
  • Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería.
  • Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos.
  • Preparaciones alimenticias diversas. Ejemplo: a base de café, té o yerba; salsas preparadas, aderezos, sopas, helados.
  • Agua, incluso saborizadas, y demás bebidas no alcohólicas.
  • Cerveza.
  • Vinagre.
  • Medicamentos dosificados o acondicionados para la venta al por menor.
  • Champú.
  • Dentrífico.
  • Preparaciones para afeitar.
  • Desodorantes corporales y antitranspirantes.
  • Jabón de tocador (incluso los medicinales).
  • Agentes de superficie orgánicos aniónicos, incluso acondicionados para la venta al por menor.
  • Detergentes.
  • Insecticidas.
  • Desinfectantes.
  • Aprestos.
  • Preservativos.
  • Papel higiénico, pañuelos y servilletas de papel.
  • Hisopos.
  • Máquinas de afeitar descartables.
  • Compresas y tampones higiénicos, pañales y artículos similares de cualquier materia.

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