Miércoles 14 de Mayo de 2025

Hoy es Miércoles 14 de Mayo de 2025 y son las 23:25 - Detuvieron a 2 abusadores que atacaban en el subte / Desde la cárcel, Milagro Sala brindó un discurso para un acto del partido de D'Elía / Los 28 puntos destacados del informe "El estado del Estado" / Emotivos homenajes a Muhammad Alí en las calles de Estados Unidos / Jonás Gutiérrez: "Messi es un genio, siempre lo da todo" / Hay tres sospechosos de violar y estrangular a un chico en Santiago del Estero / El oficialismo celebró la suspensión de Ricardo Echegaray de la Auditoría General / Lionel Messi, prácticamente descartado para el debut ante Chile / Otra jueza dictó un amparo contra el aumento de tarifas / Mauricio Macri "está bien de salud", tuvo reuniones en Olivos y el lunes retomará su agenda / El emotivo recuerdo de Storani sobre su hijo: "Él enseñaba a ser un buen padre"  / Cristina Kirchner publicó un análisis de su hija Florencia sobre la marcha #NiUnaMenos / Cristian Ritondo recibió el alta médica tras cinco días de internación / Roland Garros: el argentino Gustavo Fernández se coronó en tenis adaptado / Corrupción en Brasil: Marcelo Odebrecht entregó USD 3.400.000 a la campaña de Dilma Rousseff / ¿Como sería tu vida si te sintieras apoyado incondicionalmente? / La española Garbiñe Muguruza derrotó a Serena Williams y se consagró en Roland Garros / Perú derrotó a Haití y empezó el torneo con el pie derecho  / El papa Francisco aprobó el proceso para expulsar obispos por casos de pedofilia / Paraguay no pudo con Costa Rica en su debut en la Copa /

ENTRE RÍOS

30 de septiembre de 2024

Parricidio de Diamante: rechazan abreviado porque Fiscalía no precisó el rol de uno de los acusados

Gentiliza APFdigital

El juez Alejandro Cánepa resolvió apartar a la defensa de la mujer porque entendió que quedó en estado de indefensión. También resolvió prorrogar la prisión preventiva del hombre y dispuso la excarcelación de la mujer.

El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Cánepa, resolvió este lunes a la mañana rechazar el acuerdo de juicio abreviado que le presentaron el fiscal de Diamante, Gilberto Robledo, y las defensas de los dos acusados, Daniel Alberto Rojas, de 37 años, prefecto, que es asistido por el defensor público, Rodrigo Juárez; y la defensa de Flavia Viviana Rodríguez, de 46 años, pensionada con siete hijos a cargo, a cargo de Matías Gilberto del Vecchio e Ignacio Martínez Zabala.

En la audiencia que se realizó este lunes quedó en evidencia que Fiscalía no pudo precisar en el relato del hecho el rol que habría desempeñado Flavia Viviana Rodríguez en el crimen de sus suegros ocurrido el 13 de abril en Diamante, por el que también está acusado el hijo, Daniel Rojas. El juez también resolvió apartar a la defensa de la mujer porque entendió que quedó en estado de indefensión. También resolvió prorrogar la prisión preventiva del hombre y dispuso la excarcelación de la mujer por el mismo motivo.

El motivo del rechazo consistió en el que el juez advirtió que respecto de Rodríguez el acuerdo alcanzado entre las partes comprendió el reconocimiento de una colaboración “intelectual” en el crimen de Gabriela Gorosito, de 56 años, y Daniel David Rojas, de 60 años, progenitores de Rojas, y la aceptación de 15 años de prisión por una imputación que no respetó la normativa que exige que el relato del hecho imputado sea claro, preciso y circunstanciado, lo que entendió que no ocurrió en este caso respecto del rol atribuido a la mujer.

Cánepa les dio la oportunidad a las partes para que desdoblaran la acusación para proseguir con el abreviado respecto del rol de Rojas, del que el juez entendió que Fiscalía tiene “la cuasi certeza” a partir de evidencia científica y testimonial que comprende el legajo del rol como autor que tuvo en el crimen de sus padres. Así como señaló la contundencia de la acusación contra el hombre, destacó la debilidad de la acusación contra la mujer, sosteniendo que en esas circunstancias no iba a homologar el acuerdo.

El juez indagó a las partes y les solicitó que precisaran las evidencias con las que contaban, respecto de Rodríguez, para analizar el acuerdo y homologarlo si procedía, lo que no ocurrió en ninguna de las dos circunstancias. En este sentido, Cánepa pudo advertir que ni el fiscal ni la defensa de la mujer pudieron dar una respuesta convincente respecto de las evidencias sobre las que construyeron el acuerdo de 15 años de prisión por el rol señalado. Incluso destacó que el fiscal reconoció “explícitamente” que no lo pudo determinar, como lo exigen las normas.

El juez advirtió que la defensa de la mujer intentó explicar los motivos del reconocimiento de aquel rol intelectual que se le endilgó, y entendió que la propuesta del defensor de que sea la propia imputada la que debía relatar su participación o rol desplegado la dejó en situación de indefensión, entre otras situaciones.

Ante tal cuadro, el juez resolvió rechazar el acuerdo de juicio abreviado en su totalidad, y respecto de las medidas de coerción dispuestas durante la investigación que vencían este lunes, dispuso prorrogarlas en relación a Rojas pero, por el mismo motivo por el que resolvió rechazar el acuerdo, esto es que ni Fiscalía ni defensa pudieron dar precisiones convincentes respecto de la participación intelectual que se le atribuyó de manera imprecisa, entendió que procedía dictar la excarcelación de la mujer.

La medida de coerción se dictó por el plazo de 60 días, entendiendo que en ese plazo la acusación podrá remitir la causa a juicio ante un jurado popular.

Fuente: APFdigital.com.ar

COMPARTIR:

Comentarios